Caso Ana Estrada: Derecho a morir o seguir viviendo

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13 Mar | 2021

El Poder Judicial recientemente acaba de dictar sentencia en el caso de Ana Estrada Ugarte, reconociendo su derecho a una muerte digna y del cual ha concitado la atención ante la opinión pública bajo los argumentos a favor y en contra de la muerte asistida frente a la vida. Al respecto, la ciudadanía sabe que nuestra Constitución Política garantiza el derecho a la vida, a la dignidad y a la libertad, pero ¿existe la garantía del derecho fundamental a morir dignamente? ¿puede el Estado intervenir y dar muerte con la asistencia de un médico para tal fin? El fallo ha declarado fundado en parte la demanda de amparo interpuesta por la Defensoría del Pueblo, por lo que ha ordenado al Ministerio de Salud y a Essalud atender la solicitud de respetar la decisión de Ana de morir con dignidad mediante el procedimiento técnico de la eutanasia. Recordemos que ella, viene sufriendo de polimiositis desde los 12 años, es una enfermedad incurable y degenerativa que le afecta su capacidad motora y esta postrada en una cama, casi 20 horas al día. Por tal razón, un médico deberá suministrar de manera directa (oral o intravenosa) un fármaco que ponga fin a su vida, u otra intervención médica destinada a tal fin.

Ana Estrada tras recibir la sentencia del Poder Judicial.

Este fallo histórico marca un precedente judicial de despenalización de la eutanasia en el Perú, especialmente en este caso en particular. Aunque el proceso constitucional continuará su curso -vía los recursos impugnatorios- que planteen las partes. La relevancia del fallo se ve reflejado por ser la primera vez que una persona pide y es amparada ante los tribunales de justicia por el derecho de decidir el momento en el que debe morir dignamente. En la sentencia de primera instancia se destaca también que los médicos que intervengan y apliquen la eutanasia están eximidos de responsabilidad penal alguna. Ya que en nuestro Código Penal la eutanasia está tipificado como delito en el artículo 112 que prescribe como sanción hasta con tres años de cárcel del modo siguiente: “El que, por piedad, mata a un enfermo incurable que le solicita de manera expresa y consciente para poner fin a sus intolerables dolores”. Por lo que al haberse dictado este fallo por el 11° Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima (CSJL) el cual establece el derecho de Ana a morir dignamente cuándo lo decida así y con la garantía de no ser sancionado los médicos que le ayuden. Finalmente, en la sentencia se declaró improcedente el pedido de que se ordene al Ministerio de Salud emitir una Directiva que regule el procedimiento de la eutanasia para casos similares.

Por otro lado, cabe preguntarse qué pasará en el momento que los médicos y el personal de salud intervengan en este caso tras la sentencia dictada: ¿pueden invocar el derecho a la objeción de conciencia a la eutanasia? La objeción de conciencia implica asumir una conducta de negarse de poner fin a la vida de un paciente porque considera que el acto está en contra de sus convicciones éticas, religiosas, morales y filosóficas que afecte su conciencia e integridad moral.

El debate sobre la eutanasia se ha venido dando desde tiempo atrás, enfocándose desde la perspectiva ética, jurídica, médica, religiosa, bioética y recientemente aunado bajo el contexto de la pandemia en donde nos hemos enfrentado de cara con la muerte y el dolor de nuestros seres queridos tras su partida. El valor de la vida debe prevalecer ante todo y debe ser el fundamento central del ordenamiento jurídico, siempre se debe preferir la vida antes que la muerte. El 2020 el Papa aprobó la Carta de la Congregación para la Doctrina de la Fe denominado “Samaritanus (“El buen samaritano”), en donde reiteró la condena de toda forma de eutanasia y de suicidio asistido. De igual forma afirmó “Suprimir un enfermo que pide la eutanasia “no significa en absoluto reconocer su autonomía y apreciarla”, sino al contrario, significa “desconocer el valor de su libertad, fuertemente condicionada por la enfermedad y el dolor, y el valor de su vida”.

Fernando Valverde


Es Abogado, Maestro y Doctor en Derecho. Siguió estudios de especialización en Derechos Humanos en el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), el Instituto de Derechos Humanos Raoul Wallenberg (Suecia) y el Washington College of Law, American University en Convenio con la USMP. Con amplia experiencia profesional a nivel internacional con Naciones Unidas al haber trabajado en misiones de mantenimiento de paz en temas de verificación de derechos humanos y acuerdos de paz en países en conflicto como Angola, Guatemala y Timor del Este, desempeñando labores de verificación en derechos humanos, fortalecimiento en instituciones de justicia, defensoria del pueblo, asistencia humanitaria, derechos de los pueblos indígenas, grupos vulnerables, mediación, resolución de conflictos y observación electoral. Conferencista en temas de misiones de paz y protección de Derechos Humanos en el Centro de Derechos Humanos de las FFAA y el Centro de Estudios Nacionales CAEN. Abogado del Estado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Profesor de pre y postgrado en universidades de Lima y Provincia. Actualmente ha sido invitado a dictar el curso de las sentencias de la Corte IDH en la Academia de la Magistratura dirigida a jueces y fiscales que aspiran a un ascenso. Mi objeto de interés profesional se enmarca dentro del ámbito de la Consultoría en temas vinculado a políticas públicas, gobernabilidad, gestión y prevención de conflictos, interculturalidad, asesoría en litigio internacional a nivel del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y de Naciones Unidas De perfil analítico, estructurado y metódico, orientado a obtener resultados y con habilidad para organizar, planificar y supervisar las labores del personal a su cargo.

Termino este artículo con el sentir de muchos:

“Estimada Ana te queremos, ahora que tienes permiso para morir, ejerce tu libertad de seguir viviendo y no lo contrario”.

Publicado en Lucidez.pe., 1 de marzo de 2021.

Caso Ana Estrada: Derecho a morir o seguir viviendo, por Fernando Valverde

 

Fuente:

* El artículo fue publicado originalmente en el Blog Centro de Derechos Humanos y Justicia Internacional del Dr. Fernando Valverde Caman

Fecha: 02 de marzo de 2021

Enlace:  https://fvalverdec.com/2021/03/02/caso-ana-estrada-derecho-a-morir-o-seguir-viviendo/

Fernando Valverde


Es Abogado, Maestro y Doctor en Derecho. Siguió estudios de especialización en Derechos Humanos en el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), el Instituto de Derechos Humanos Raoul Wallenberg (Suecia) y el Washington College of Law, American University en Convenio con la USMP. Con amplia experiencia profesional a nivel internacional con Naciones Unidas al haber trabajado en misiones de mantenimiento de paz en temas de verificación de derechos humanos y acuerdos de paz en países en conflicto como Angola, Guatemala y Timor del Este, desempeñando labores de verificación en derechos humanos, fortalecimiento en instituciones de justicia, defensoria del pueblo, asistencia humanitaria, derechos de los pueblos indígenas, grupos vulnerables, mediación, resolución de conflictos y observación electoral. Conferencista en temas de misiones de paz y protección de Derechos Humanos en el Centro de Derechos Humanos de las FFAA y el Centro de Estudios Nacionales CAEN. Abogado del Estado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Profesor de pre y postgrado en universidades de Lima y Provincia. Actualmente ha sido invitado a dictar el curso de las sentencias de la Corte IDH en la Academia de la Magistratura dirigida a jueces y fiscales que aspiran a un ascenso. Mi objeto de interés profesional se enmarca dentro del ámbito de la Consultoría en temas vinculado a políticas públicas, gobernabilidad, gestión y prevención de conflictos, interculturalidad, asesoría en litigio internacional a nivel del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y de Naciones Unidas De perfil analítico, estructurado y metódico, orientado a obtener resultados y con habilidad para organizar, planificar y supervisar las labores del personal a su cargo.